Patrimonio

Bienes embargados deben reportarse en la declaración de renta

Fecha de publicación:
11/12/2020

El artículo 2488 del Código Civil establece que el patrimonio poseído por una persona que adquiere una deuda constituye la garantía del cumplimiento de la obligación contraída con el acreedor; así, en caso de incumplimiento por parte de deudor, el acreedor tiene derecho de perseguir la ejecución de los bienes de este para satisfacer las obligaciones incumplidas. 

Cuando efectivamente hay un incumplimiento de las obligaciones contraídas por el deudor, procede el embargo, que es una medida cautelar o preventiva dictada sobre los bienes del deudor, con el fin de forzar el cumplimiento de las obligaciones no satisfechas; por lo general, el embargo es decretado por una la autoridad judicial. 

El objetivo del embargo es impedir que los bienes puedan ser vendidos por su propietario evitando así que este intencionalmente quede insolvente, y pueda cumplir con las obligaciones adquiridas con sus acreedores; en caso de incumplimiento definitivo, se procede al remate de estos bienes para saldar las respectivas deudas. Cabe señalar que, cuando los bienes son embargados, la posesión de estos sigue estando en cabeza del deudor, y es probable además que éstos queden bajo su cuidado hasta que pague la deuda o se decrete el retiro y remate de dichos bienes.

Para efectos tributarios, es importante tener en cuenta que, aunque los bienes se encuentren embargados y, por ende, recae sobre ellos una medida cautelar que impide hacer ciertas transacciones comerciales sin la autorización del juez o del acreedor (artículo 1521 del Código Civil), la posesión del bien continúa en cabeza del deudor, por lo que dichos bienes siguen haciendo parte de su patrimonio, y en consecuencia, de acuerdo con artículo 261 del ET, deberán ser incluidos en su declaración del impuesto de renta. Solo dejarán de ser parte del patrimonio del deudor, si este, en definitiva, no satisface las obligaciones contraídas con los acreedores, y el juez ordena el remate de dichos bienes.


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563 páginas

Capítulos

1. Generalidades (residencia fiscal, obligados a declarar, fechas para declarar)
2. Patrimonio (bienes personales, negocio propio, deudas, patrimonio líquido)
3. Sistema de cedulación (rentas de trabajo, honorarios, rentas de capital, rentas no laborales, cédula general, cédula de pensiones, cédula de dividendos)
4. Ganancias ocasionales (venta de activos, herencias, otras)
5. Liquidación privada del impuesto (liquidación sobre rentas gravables, descuentos, retención en la fuente, anticipos)

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