ARTICULO 599. CONTENIDO DE LA DECLARACIÓN DE INGRESOS Y PATRIMONIO. La declaración de ingresos y patrimonio deberá contener:1. El formulario, que al efecto señale la Dirección General de Impuestos Nacionales<1>, debidamente diligenciado.2. La información necesaria para la identificación y ubicación de la entidad no contribuyente.3. La discriminación de los factores necesarios para determinar el valor de los activos, pasivos, patrimonio, ingresos, costos y gastos.4. La liquidación de las sanciones cuando fuere del caso.5. La firma de quien cumpla el deber formal de declarar.6. La firma del Revisor Fiscal, cuando se trate de entidades obligadas a llevar libros de contabilidad y que de conformidad con el Código de Comercio y demás normas vigentes sobre la materia, estén obligadas a tener Revisor Fiscal.Cuando se diere aplicación a lo dispuesto en el presente numeral, deberá informarse en la declaración de ingresos y patrimonio, el nombre completo y número de matrícula del contador público o revisor fiscal que firma la declaración.DECLARACIÓN DE VENTAS
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1. Generalidades (residencia fiscal, obligados a declarar, fechas para declarar)
2. Patrimonio (bienes personales, negocio propio, deudas, patrimonio líquido)
3. Sistema de cedulación (rentas de trabajo, honorarios, rentas de capital, rentas no laborales, cédula general, cédula de pensiones, cédula de dividendos)
4. Ganancias ocasionales (venta de activos, herencias, otras)
5. Liquidación privada del impuesto (liquidación sobre rentas gravables, descuentos, retención en la fuente, anticipos)