A través del Oficio 1365 del 27 de octubre del 2020 la DIAN indica que los gastos por pagos a abogados por asesoría jurídica no son deducibles en la declaración de renta, pues de acuerdo con el artículo 1.2.1.20.3 del Decreto 1625 de 2016, además de las rentas exentas que sean del caso, de las rentas de trabajo obtenidas por una persona natural asalariada solo se podrán detraer las deducciones especiales contempladas en el inciso 2 del artículo 115, en el inciso 6 del artículo 126-1 y en el artículo 387 del ET, sin que haga parte de las mismas los gastos por asesoría jurídica.